Autorización para salir del país

02-18ymedioPara determinar a quien se solicita la autorización hay que distinguir:

  • Si no existe tuición conferida por un tribunal a algunos de los padres o a un tercero, se requiere la autorización del padre y la madre.
  • Si existe tuición otorgada por el juez, la autorización se requiere a la persona que tiene la tuición.
  • Si se otorgo la tuición, pero también está regulado el derecho de visitas o comunicación, se requiere la autorización del padre a quien se otorgo el derecho de visitas.

Esta autorización debe otorgarse por escritura pública o por escritura privada otorgada ante notorio público, en caso de oposición de las personas a otorgar esta autorización, contáctenos para recurrir a la justicia. Si el juez estima que las razones dadas para negar la autorización no tienen fundamento, otorgará la autorización debiendo considerar el beneficio que le pudiere reportar al menor.

La autorización debe señalar:

  • Cuales son los beneficios que le reportará al menor la salida del país.
  • La época (fecha) en que se concretará la salida del país.
  • El tiempo que durará.

Si el menor, sin causa justificada, no vuelve al país en la fecha indicada, contáctenos para regularizar esta situación y solicitar la suspensión del pago de pensiones alimenticias decretadas.

Si desea obtener asesoria y respaldo para solucionar su delicada situación escribanos. Somos discretos, serios y muy responsables.










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