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Causales de Separación.

La separación Judicial podrá ser demandada por uno de los cónyuges, si mediare falta imputable al otro cónyuge, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que “torne intolerable la vida en común”. Estos deberes y obligaciones son los siguientes:

a) Obligación de fidelidad.
b) Ayuda mutua.
c) Protección reciproca.
d) Deber de convivencia.
e) Deber de respeto recíproco.
f) Violaciones graves de los deberes y obligaciones con los hijos.

Con frecuencia estas causales de separación judicial originan situaciones de violencia al interior del hogar, si Ud. ha sido víctima, contactese con nosotros, la ley contempla la posibilidad de solicitar la separación judicial en los procedimientos de Violencia Intrafamiliar que se siguen ante los Tribunales de Familia.

Causales de Divorcio.

Divorcio Sanción.

El divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges, por falta imputable al otro, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos.

Causales:

1) Agresiones físicas o psíquicas contra el cónyuge o hijos
2) Trasgresión grave o reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad.
3) Ser condenado por abandono de menores, delitos sexuales u otros crímenes y simples delitos contra el orden de las familias y la moralidad pública
4) Conducta homosexual.
5) Alcoholismo o drogadicción.
6) Tentativa para prostituir al cónyuge o hijos.


Drogadicción

Alcoholismo

Violencia Física o Psicológica

Divorcio Mutuo Consentimiento.

Si ambos cónyuges están de acuerdo pueden solicitar el divorcio al juez, se debe acreditar el cese de la convivencia por un plazo de un año y presentar un acuerdo regulador de relaciones mutuas de los cónyuges y respecto de sus hijos, en este acuerdo debe estipularse las pensiones de alimentos, régimen de visitas, quien tendrá a cuidado el menor y las materias relacionadas con el régimen de bienes del matrimonio.

Para acreditar el cese de la convivencia por el plazo de un año, generalmente se acompaña copia de la demanda de alimentos, pues hace suponer que si se demandó de alimentos es por que los cónyuges ya no tienen vida común, también es importante la prueba de testigos.

Divorcio Unilateral.

Para que proceda es necesario el cese efectivo de la convivencia durante el plazo de tres años. Para computar el cese de la convivencia es necesario acreditar este hecho al tribunal y, como ya lo mencionamos, hace fecha cierta de este cese, la notificación de la demanda de alimentos o bien los acuerdos relativos a régimen de visitas, alimentos o cuidado personal de los hijos, celebrados entre los cónyuges que consten por escritura pública o en un acta ante el Oficial del Registro Civil.

Para mas informacion, por favor pongase en contacto con nosotros.

 
 

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