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Santiago de Chile,
  Juicios de Alimentos.
 

El derecho de alimentos.

Si usted está anulado o separado de hecho y no ha recibido ayuda económica para la educación, alimentación, vestido, habitación, salud y recreación "de sus hijos", contáctenos Ud. tiene el derecho a exigir dicha ayuda para cubrir todas las necesidades recién mencionadas. Este derecho es irrenunciable, intransferible e inembargable.


Salud

Recreación

Alimentación

Educación

Vivienda

Este derecho no sólo tiene por titular a los hijos, sino que también puede ser reclamado por el cónyuge para sus necesidades (salvo los anulados o divorciados) para lo cual deberá demandar conjuntamente con los menores.

Los titulares del derecho de alimento son:

  • El cónyuge, puede demandar conjuntamente con los menores.
  • Los descendientes.
  • Los ascendientes.
  • Los hermanos.
  • Al que hizo una donación.

Debemos recordar que la obligación de alimentar y educar al hijo que carece de bienes pasa, por la falta o insuficiencia de los padres, a sus abuelos ya sean estos paternos o maternos. Si desea demandar a éstos póngase en contacto con nuestro equipo de profesionales.

Formas de cumplir las pensiones de alimentos.

  • Suma o porcentajes de las rentas.
  • Derecho de usufructo, uso o habitación.

Garantías para proteger y obtener el cumplimiento de las pensiones.


  • Garantias para proteger
    y Obtener el Cumplimiento
    de las pensiones
    Arresto si el obligado a la pensión no cumple.
  • Retención por parte del empleador de un porcentaje del sueldo.
  • Multa si el empleador obligado a retener el porcentaje del sueldo desobedece la resolución judicial.
  • Juez puede ordenar que se constituya una prenda o hipoteca para asegurar el pago.
  • Si se decretaron dos apremios para el pago el tribunal a petición de cónyuge puede decretar la separación de bienes.
  • Arraigo, es decir, la prohibición de salir del país hasta que se haga el pago de lo adeudado.

No recibe ayuda económica y es titular del derecho de alimentos, le asesoramos en todas las fases que comprende este juicio, contáctese con nosotros y un profesional del área responderá sus inquietudes.

Aumento y disminución de pensiones.


Aumento y Disminución de Pensiones
Cuando varían las circunstancias de capacidad económica y las necesidades que dieron origen a la pensión de alimentos, tanto el titular del derecho como el obligado al pago de la pensión, tienen derecho
a que la pensión se aumente o disminuya.

a) Demandante de aumento de pensión.

La pensión alimenticia que posee no le alcanza para cubrir sus necesidades, quedó cesante o bien desea
un aumento de pensión porque el demandado ahora tiene mayores ingresos, Ud. tiene el derecho a solicitar ese aumento, no dude en ponerse en contacto y un profesional responderá sus consultas y asesorará.

b) Demandante de disminución de pensión.

Si usted está obligado al pago de una pensión y ha quedado sin trabajo o ha formado una nueva familia, tiene el derecho a concurrir a los tribunales para que se modifique el monto del dinero que, por concepto de alimentos, actualmente esta obligado a dar, para ello contáctese con nosotros a fin de entregarle una completa asesoría y defensa de sus intereses.

 

 
 

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