Personas que pueden otorgar la autorización.
- El padre o la madre.
A falta de los anteriores, el abuelo paterno o materno.
A falta de los anteriores, los guardadores o quienes tienen a cargo el menor.
A falta de todos, el Inspector del Trabajo informa al Juez para la autorización.
Capacidad para contratar y normas para trabajo de menores de edad.
Los mayores de 16 años y menores de 18 años.
- Requieren autorización expresa del padre o madre; a falta de ellos del abuelo paterno o materno, a falta de ellos la persona o institución que lo tiene a su cuidado.
Los menores de 16 años y mayores de 15 años.
- Deben contar con la autorización señalada
Haber cumplido con la obligación escolar
Sólo realicen trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo
Que los trabajos no impidan su educación.
Los menores de 18 años no serán admitidos en faenas que perjudiquen su salud, seguridad o moral.