Personas que pueden otorgar la autorización.

  • El padre o la madre.
    A falta de los anteriores, el abuelo paterno o materno.
    A falta de los anteriores, los guardadores o quienes tienen a cargo el menor.
    A falta de todos, el Inspector del Trabajo informa al Juez para la autorización.

Capacidad para contratar y normas para trabajo de menores de edad.

Los mayores de 16 años y menores de 18 años.

  • Requieren autorización expresa del padre o madre; a falta de ellos del abuelo paterno o materno, a falta de ellos la persona o institución que lo tiene a su cuidado.

Los menores de 16 años y mayores de 15 años.

  • Deben contar con la autorización señalada
    Haber cumplido con la obligación escolar
    Sólo realicen trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo
    Que los trabajos no impidan su educación.

Los menores de 18 años no serán admitidos en faenas que perjudiquen su salud, seguridad o moral.

Si desea obtener asesoría y respaldo para solucionar su delicada situación escribanos. Somos discretos, serios y muy responsables.

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