Violencia Intrafamiliar

Nueva Ley de Violencia Intrafamiliar

03-01Concepto.

La organización Mundial de la Salud define la violencia como “El uso deliberado de la fuerza física o poder, ya
sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte , daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”

Por su parte, el artículo 1º de la Ley de Violencia Intrafamiliar señala: “Se entiende por La violencia intrafamiliar,
todo maltrato que afecte la salud física o psíquica de quien aún siendo mayor de edad, tenga respecto del ofensor
la calidad de ascendiente, cónyuge o conviviente o, siendo menor de edad o discapacitado, tenga a su respecto la calidad de descendiente, adoptado, pupilo, consanguíneo hasta el cuarto grado inclusive, o esté bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar que vive bajo un mismo techo”.

03-02Qué debe hacer en caso de ser víctima de Violencia Intrafamiliar.

Ud. puede contactarnos para que un especialista asuma su defensa o demandar directamente al agresor concurriendo al Juzgado de Familia de su domicilio o bien denunciarlo a Carabineros quienes pondrán los antecedentes a disposición del Tribunal, el que de inmediato deberá dar protección a la víctima y al grupo familiar, cautelará su subsistencia económica e integridad patrimonial. En caso de incumplimiento de las medidas decretadas procederá el arresto hasta por 15 días.

La denuncia puede ser hecha por cualquier persona que tenga conocimiento directo de los hechos.

Estadísticas.

1993

  • 26,2% mujeres que recocieron ser agredidas físicamente.
  • 33,5% Mujeres que declararon ser agredidas psicológicamente.

2001

  • 50,3% Mujeres afectadas por violencia en la Región Metropolitana

Desglose:

  • 34% V Física y/o Sexual
  • 16,3% V. Psicológica.
violenciaintrafam-graf

 

Factores que determinan la violencia:

  • Pobreza.
  • Hacinamiento.
  • Nivel bajo educación.
  • Baja autoestima del hombre.
  • Mujeres sumisas que asumen una sociedad machista.

03-05Formas que puede adquirir la violencia familiar.

  • Maltrato de palabra.
  • Violencia Física: golpes.
  • Violencia Sexual: obligar a mantener relaciones contra la voluntad.
  • Violencia Económica: no proporcionar medios de subsistencia a la familia.

03-03Actuación de la Policía.

En caso de violencia intrafamiliar que se está cometiendo actualmente, o ante llamadas de auxilio de personas al interior de un lugar cerrado, los Carabineros deberán entrar al lugar y practicar la detención del agresor si procediere. Además, deberán prestar auxilio a las víctimas de la violencia.

02-19Qué sucede si los hechos denunciados son constitutivos de delitos.

Las lesiones leves y amenazas son conductas de índole penal que son de competencia de los tribunales de familia, si se causa lesiones graves u otros ilícitos penales, contactarnos para asumir su defensa, dado
que, el juez de inmediato enviará los antecedentes al Ministerio Público.

El Juez de Garantía en el proceso penal que se realice contra el denunciado, podrá decretar todas las
medidas destinadas al cese de la violencia y a la protección del patrimonio y subsistencia de la familia.

Si desea obtener asesoria y respaldo para solucionar su delicada situación escribanos. Somos discretos, serios y muy responsables.










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